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En busca de una ética universal: un nuevo modo de ver la ley natural

Documento de la Comisión Teológica Internacional y comentarios

Tomás Trigo (Ed.)

EUNSA

Pamplona 2011

256 pág.

Ediciones Universidad de Navarra acaba de publicar en castellano el documento de la Comisión Teológica Internacional “En busca de una ética universal: un nuevo modo de ver la ley natural”, fruto del trabajo de un image-4dcf6e9656a62e1f8e3aaff49700f6c6reconocido grupo de teólogos durante el quinquenio 2004-2009. Originalmente apareció en francés y puede consultarse, también en italiano, en la página web del Vaticano.

Este documento empezó a elaborarse siendo el Cardenal Ratzinger, presidente de esta Comisión, en su condición de Prefecto de la Sagrada Congregación para la Doctrina de la fe. Tanto el Papa Juan Pablo II como el futuro Benedicto XVI eran conscientes de la importancia del tema en una época en que impera el relativismo y parece imposible hablar de verdades universalmente válidas. En este contexto se plantea la cuestión de si se puede llegar a formular unas normas para el obrar rectamente que puedan ser reconocidas por todos; normas que ciertamente no podrán ser muy detalladas en sus contenidos, pero sí suficientemente precisas para servir de fundamento a nuestra convivencia.

El Papa Juan Pablo II, al recibir a los miembros de esta Comisión señaló: “Ha sido siempre convicción de la Iglesia que Dios ha dado al hombre la capacidad de llegar, mediante la luz de su razón, al conocimiento de verdades fundamentales sobre su vida y sobre su destino, y, de manera concreta, sobre las normas de un modo justo de obrar. Subrayar ante nuestros contemporáneos esta posibilidad es de gran importancia para el diálogo con todos los hombres de buena voluntad y para la coexistencia en los más diversos niveles sobre una base ética común”.

En los años sucesivos, siempre con ocasión de las audiencias concedidas a la Comisión Teológica, el Papa Benedicto XVI ha insistido en parecidas ideas. A este respecto se pueden señalar las siguientes palabras: “aunque en la cultura actual el concepto de 'naturaleza humana´ parece haber desaparecido, queda el hecho de que los derechos del hombre no pueden ser comprendidos sin presuponer que el hombre, en su ser mismo, es portador de valores y de normas que hace falta redescubrir y afirmar y no inventar o imponer de manera subjetiva y arbitraria” (1.XII.2005).

Dos años después señalaba también el Papa: “Con esta doctrina [de la ley natural] se consiguen dos finalidades esenciales: por una parte se comprende que el contenido ético de la fe cristiana no constituye una imposición dictada desde el exterior a la conciencia del hombre, sino que se trata de una norma que tiene su fundamento en la misma naturaleza humana; por otra parte, partiendo de la ley natural accesible en sí a toda criatura racional, se establece con ella la base para entrar en diálogo con todos los hombres de buena voluntad... En muchos pensadores parece dominar hoy una concepción positivista del derecho... Pero si fuera así, la mayoría de un momento se convertiría en la fuente última del derecho. La historia muestra con una gran claridad que las mayorías se pueden engañar. La verdadera racionalidad no se encuentra garantizada por el consenso de un gran número, sino solamente por la comprensión que la razón humana tiene de la Razón creadora y por la escucha común de esta Fuente de nuestra racionalidad” (5.X.2007).

Finalmente, cuando el texto había sido ya aprobado por la Comisión, el Papa se expresó en estos términos: “Repito la necesidad y la urgencia, en el contexto actual, de crear en la cultura y en la sociedad civil y política las condiciones indispensables para una plena conciencia del valor admirable de la ley moral natural. Gracias al estudio que habéis emprendido sobre este tema fundamental será claro que la ley natural constituye la verdadera garantía ofrecida a cada uno, para que viva libre y respetado en su dignidad de persona y se sienta protegido de toda manipulación ideológica y de todo abuso de poder perpetrado sobre la base de la ley del más fuerte” (5.XII.2008).

Los textos citados muestran bien el porqué, el trasfondo, la razón de ser de este documento. La competencia de los miembros de la Comisión y la seriedad del trabajo realizado garantizan la alta calidad del resultado obtenido.

Como se señala en la Introducción del libro, la recepción del documento no ha respondido, al menos de momento, a las expectativas que se crearon. Como hemos señalado, Juan Pablo II y Benedicto XVI se refirieron en múltiples ocasiones a la importancia del trabajo sobre la ley natural que la CTI estaba llevando a cabo.

Con el deseo de profundizar en el contenido del documento de la CTI, varios profesores de la Universidad de Navarra publican algunos comentarios que ayudan al lector a profundizar en determinados aspectos de la ley natural.

Antonio Aranda, Profesor de Teología Dogmática, inicia estos comentarios con su artículo Una “nueva mirada” teológica sobre la ley natural. Reflexiones en torno a un reciente documento de la Comisión Teológica Internacional. Se trata de un estudio general muy adecuado para conocer el contexto teológico del documento. Ofrece además al lector las pautas para comprender mejor los comentarios más particulares y una interesante bibliografía sobre la ley natural.

Alejandro Vigo, Profesor de Filosofía, comenta en su artículo, Ley natural en perspectiva histórica e intercultural, el primer capítulo del documento de la CTI. Una de las conclusiones de su estudio es que se necesita un debate abierto sobre la ley natural, libre de prejuicios ideológicos, para que resulte evidente la existencia de un patrimonio ético común, base para un fructuoso entendimiento entre los hombres.

Tomás Trigo, Profesor de Teología Moral, reflexiona en su comentario, Disposiciones morales de la persona y valoración de la acción concreta, sobre un tema tratado en el segundo capítulo del documento: la necesidad de las buenas disposiciones de la voluntad, es decir, de las virtudes morales, para llegar al juicio práctico verdadero sobre la acción que se ha de realizar en cada situación concreta.

Ana Marta González, Profesora de Filosofía Moral, en su artículo, El fundamento de la ley natural, comenta el tercer capítulo del documento. Aunque la ley natural, como ley de nuestra razón práctica, tiene vigencia al margen de las reflexiones teóricas destinadas a explicitar su último fundamento, esta última tarea reviste una gran importancia, especialmente en un momento cultural en el que el mismo concepto de ley natural se presta a muchos equívocos.

Montserrat Herrero, Profesora de Filosofía Política, se centra en al capítulo cuarto del documento. En su colaboración, La ley natural y la ciudad, estudia la relación que se establece entre la ley natural y el ordenamiento político, que es necesariamente particular. Primero contextualiza la posición del documento en el marco de la tradición de la filosofía política a fin de poder comprender mejor la amplitud y el sentido de las tesis que mantiene. Para ello analiza el concepto de bien común en relación con los conceptos de bien personal, bien privado y libertad; en segundo lugar, aborda el concepto de derecho natural en relación con el derecho positivo; y, finalmente, la relación entre política y religión. A través de esas cuestiones intenta poner en diálogo el texto de la CTI con la discusión filosófico-política contemporánea.

Por último, Mikel Gotzon Santamaría, autor de la traducción del documento, propone Otra vuelta de tuerca en la comprensión del núcleo esencial del concepto de ley natural, una profundización en el planteamiento de Tomás de Aquino, que el propio documento propone como guía, y, desde ahí, una nueva comprensión de lo que es ser persona, ser creado y ser libre.

Como se puede advertir tanto la lectura del Documento como de los comentarios de personas especializadas contribuirá sin duda a una mejor profundización de un tema del máximo interés, aunque aparentemente oculto en la cultura de la provisionalidad.

Miquel Masats Roca 

  • 28 febrero 2012
  • Tomás Trigo (Ed.)
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